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Subvenciones destinadas al Programa de fomento de empleo del trabajo autónomo.
MAR 2022

Resolución de 28 de diciembre de 2021, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan, para el ejercicio 2022, las subvenciones destinadas al Programa de fomento de empleo del trabajo autónomo.

Resolución de 28 de diciembre de 2021, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan, para el ejercicio 2022, las subvenciones destinadas al Programa de fomento de empleo del trabajo autónomo.

https://dogv.gva.es/datos/2022/03/21/pdf/2022_2246.pdf

https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=22328&version=amp

 

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las personas desempleadas que se constituyan en personal trabajador autónomo o por cuenta propia.

 

Objeto:

La convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar el emprendimiento a través del Programa de fomento del trabajo autónomo, que acceden a su empleo a través de la creación de actividad empresarial independiente, mediante su establecimiento como personal trabajador autónomo o por cuenta propia en proyectos innovadores.

 

Cuantía:

La cuantía de la subvención se determinará en función de la pertenencia de la persona solicitante en el momento del alta como personal autónomo a alguno de los siguientes colectivos:

a) Personas desempleadas en general: 2.500 euros

b) Personas desempleadas menores de 30 años o mayores de 45 años: 3.000 euros

c) Personas desempleadas con diversidad funcional: 3.500 euros

d) Mujeres desempleadas víctimas de la violencia sobre la mujer: 4.500 euros.

Los importes establecidos en las letras a, b y c se incrementarán en 500 euros en el caso de las mujeres.

 

Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo para la presentación de las solicitudes será iniciará el día 22/03/2022, y finalizará el 30/06/2022.

 

Condiciones para la concesión de la subvención:

La concesión de la subvención requerirá:

a) Haber iniciado la actividad autónoma a partir del 1 de enero de 2022.

b) Haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta el inicio de la actividad.

c) Figurar de alta en el Censo de Obligados Tributarios y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o equivalente con carácter previo a la presentación de la solicitud.

d) No haber figurado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los 6 meses anteriores al inicio de la actividad.

e) Desarrollar la actividad de forma independiente.

f) No haber sido beneficiario en alguno de los tres ejercicios anteriores de otras subvenciones de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación por constitución como autónomo.

g) El proyecto debe tener carácter innovador y reunir condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera, lo que precisará el informe de cualquiera de las entidades, públicas o privadas, incluidas en el Mapa de Entidades del Ecosistema Emprendedor de la Comunitat Valenciana.

 

En la Agencia Desarrollo Local del Ayutamiento de Xirivella se encuentra el Punto de Atención al Emprendedor, desde el cual se prestan servicios de información y asesoramiento a los emprendedores en sus iniciativas empresariales, y también se les inicia el trámite administrativo de constitución de empresas a través del Documento Único Electrónico (DUE).

 

Se puede solicitar cita previa para atención personalizada en:

Agencia de Desarrollo Local

Centre Cívic Ernest Lluch

C. de Montealegre 6. 46950 Xirivella

Tfo: 96 383 64 24

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